DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a lo ordenado en la presente comisión decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente N° 7300, se traslado y constituyó en el inmueble indicado, declaró secuestrado preventivamente el local comercial y hace entrega a la parte actora, libre de personas y cosas. CONCLUSIÓN: Cumplida la comisión se remite al Juzgado de la Causa.