En mérito a los supuestos fácticos y jurídicos explanados anteriormente, de conformidad con el encabezado del artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento a la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN ANUAL DE LA CAUSA y por ende LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio seguido por la ciudadana NAZARETH D´JESUS DUGARTE URBINA a través de sus apoderados judiciales LEONARDO TERAN SULBARAN y CARLAURA MOLERO CONTRERAS, contra el ciudadano ERNESTO FRANCISCO PINEDA DIAZ, por: DIVORCIO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Cópiese, de conformidad con lo consagrado en los artículos 252 y 288 del Código de Procedimiento Civil,.....