Ahora bien, constata este Operador de Justicia, que el supuesto de hecho que señala expresamente la norma in comento se configura en el presente asunto, siendo que los elementos sujetos, objeto y titulo, es decir, tanto en la solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento presentada por ante el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina del Estado Bolivariano, es común a la solicitud llevada por este Tribunal signada bajo el Nº SC Nº 23-2021, y en consecuencia, ante la imposibilidad de decidir la misma, por ya haberse presentado ante un tribunal competente, y en aras de la economía procesal y a fin de evitar que se produzcan fallos contradictorios, debe declararse como consecuencia jurídica la litispendencia y la extinción de esta solicitud. Y así se Declara.
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Quinto Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina del.....