ÚNICO: Impone en contra del imputado, JOSE ANTONIO SANCHEZ ANGULO, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y LA COLECTIVIDAD, una caución juratoria de conformidad con lo establecido en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá cumplir la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, prevista en el artículo 242 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, consistente presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, por lo que se acuerda: Fijar audiencia de caución Juratoria para el día Martes 10 de Septiembre de 2024, a las 02:00 horas de la Tarde, líbrese boleta de traslado del imputado, citar a la .....