Por los razonamientos anteriormente expuestos el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, DECLARA CON LUGAR, la ACCIÓN MERO DECLARATIVA incoada por el ciudadano PABLO ANTONIO RANGEL PEÑA, ya identificado y otorga a la Empresa que él representa, la propiedad sobre el vehículo anteriormente descrito.