DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que anteceden, este tribunal en Nombre de la República por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 32 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, artículo 310 de Código Orgánico Procesal Penal, articulo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, Acuerda: ORDENAR librar EL MANDATO DE CONDUCCION en contra del ciudadano VILLEGAS CALLEJAS EDGAR, colombiano, titular de la cedula de identidad No. 22.658.417, edad 49 años, fecha de nacimiento 15-07-1956, domiciliada en sector la esquina, calle Los Pinos, calle principal, casa s/n cerca del ultimo tarjetero de CANTV, Chamita, Mérida. En la oportunidad en que sea conducido por los funcionarios policiales se deberá garantizarse la protección de sus derechos humanos y el respeto a su dignidad. A los fines de ser realizada la entrevista respectiva por la fiscalia Décima Segunda de Mérida. La persona mencionada deberá ponerse en libertad inmediatamente, luego de que se hayan.....