El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DE ORIGEN VEGETAL, solicitada por la abogada ISVETT JEANETTE ACOSTA MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.403.555, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.787, en su condición de Defensora Pública Primera (1°) en materia Agraria del estado Bolivariano de Mérida, actuando previo requerimiento expreso del ciudadano JOSE TORIBIO RONDON VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.040.284, domiciliado en el sector Mitisus, Parroquia Las Piedras, Municipio Cardenal Quintero del estado Bolivariano de Mérida, sobre una superficie constante de CINCO MIL CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (5056 m2), dentro del perímetro que forman las coordenadas (UTM Reg Ven WGS 84 Huso 19) siguientes: N982093 E319030, N982097 E318992, N982116 E318968, N982119 E319868, N982144 E31893.....