El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por al Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÒN: Este Juzgado en cumplimiento de la comisión conferida y el pedimento hecho por la parte actora Abg. Fabiola Andreina Cestari Ewing, Secuestro el inmueble de conformidad con el artículo 599 Ordinal 7mo del Código de Procedimiento Civil, y lo deposito en la persona de su propietario Ciudadano: Juan de Dios Celis, titular de la cédula de identidad Nº 662011, representado en este acto por su Apoderada Judicial Abg. Fabiola Andreina Cestari Ewing, quien estando presente lo recibió totalmente desocupado de personas y cosas, quedando afecta la cosa para responder al arrendatario si hubiere lugar a ello, y cumplida como ha sido la Comisión acuerda devolverla en original con sus resultas al Comitente, dejando en su lugar .....