El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: Acepta la declinatoria de competencia para seguir conociendo el presente juicio, efectuada por el Tribunal de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en virtud de la decisión dictada por dicho Tribunal en fecha 26 de octubre de 2022, cursante al folio 16 y, en consecuencia, se avoca al conocimiento de este proceso.
SEGUNDO: Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante.
TERCERO: Se advierte a la parte que, de confor¬midad con la parte in fine del artículo 69 del Código de Procedi¬miento Civil, en concordancia con el artículo 75 eius¬dem, en el tercer día de despa¬cho siguiente a la fecha de esta deci¬sión, la presente cau¬sa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la validez o no de las actuaciones procedimentales efectuadas por ante el Tribunal dec.....