Por todo lo expuesto, este Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:le impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), identificado up supra, Reglas de Conducta por el lapso de un (1) año, la cual deberá cumplir con la obligación de continuar con su educación por el lapso de un (1) año y para ello debe presentar la constancia que acredite el desempeño de dicha actividad educativa. Así mismo, debe prestar simultáneamente, un Servicio a la Comunidad, a razón de cuatro (4) horas semanales, por el lapso de seis meses, para un total de noventa y seis horas (96), las cuales quedarán bajo la vigilancia, supervisión y orientación de la Trabajadora Social del Equipo Multidisciplinario adscrito a esta Sección Penal de Adolescentes. En tal sentido, se acuerda oficiar a la Trabajadora Social informándole lo aq.....