DISPOSITIVA: Este Tribunal dando cumplimiento a la Medida de Secuestro decretado por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, declaró formal, solemne y preventivamente secuestrado, el Inmueble consistente en un apartamento, distinguido con el Nº 00-01, ubicado en el edificio 01 del Bloque 44, Urbanización Osuna Rodrigue (Los Curos), Jurisdicción de la Parroquia JJ Osuna Rodríguez, Municipio Libertador del Estado Mérida, libre de personas, animales y cosas. Haciendo entrega del inmueble secuestrado a la parte actora ciudadana Mercedes Guerrero de Vergara, a través de sus apoderadas judiciales abogadas Clara Gisela Uzctegui, Carla Andrina Altuve Uzcategui, Wendy Janixia Quintero Alviarez, libre de personas animales y cosas. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta al Juzgado de la causa por haberse cumplido.