Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:Así las cosas, quien aquí decide comparte la precalificación jurídica en cuanto a los tipos penales de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 218 del Código Penal vigente, en perjuicio de La Cosa Pública, por ende se declara sin lugar lo peticionado por la Defensa Pública Especializada, en cuanto a que no se comparta tal precalificación jurídica y de Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 eiusdem, en perjuicio de los ciudadanos Ronald Romero Angarita y Ángel Daniel Valbuena Valbuena. Segundo:calificar la aprehensión en flagrancia del adolesce.....