JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Tres de Febrero de dos mil diez.-
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda formar expediente, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por la Ciudadana ZULAY COROMOTO GUILLEN RANGEL, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.042.936, de este domicilio y hábil, debidamente asistido por la abogada REINA UZCATEGUI PAZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.265, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.015.496, de este domicilio y hábil, CONTRA: el ciudadano JUAN ANTONIO RONDON GUILLEN, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.497.154, de este domicilio y hábil, por REINVINDICACION, y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a al.....