DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el articulo 9 de la Convención América sobre Derechos Humanos, artículo 26, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 248 del Código Orgánico Procesal Penal decide: a) declara sin lugar la solicitud de Calificación de Aprehensión en Flagrancia. B) Se ordena oficiar al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente de Tovar por la presunta amenaza o violación de los derechos de la adolescente antes identificada, de conformidad con los artículo 124. d y 125 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; remítase con copia del acta de la audiencia y de la presente decisión. C) Se autoriza la destrucción de la Droga de conformidad con el artículo 193 de la ley de Drogas. Ofíciese con copia de la experticia química y registro de cadena de custodia. Se ordena remitir las presentes actuaciones en su oportunidad legal, c.....