Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano, vinculante con la Sentencia N° 693 de fecha 02 de junio de 2015, emitida por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia; hecha por la ciudadana BETTY YADIRA CASTRO MEDINA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.587.503, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil; asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio COSME RAFAEL LÓPEZ PALACIOS, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.858.288, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado INPREABOGADO, bajo el Nº 207.748, domiciliado en la Parroquia Rómulo Betancourt, en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida. Segundo: Como consecuencia de la anterior decl.....