DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Vista la manifestación libre y voluntaria expuesta por el ciudadano JHONNY RAFAEL ANDRADE BARRETO, supra identificado, conforme lo dispuesto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal lo CONDENA, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley prevista en el artículo 16 del Código Penal, específicamente la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, como autor material en el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO O ALTERADO, previsto y sancionado en el artículo 322 del Código Penal en armonía con el artículo 319 eiusdem en perjuicio de la FE PÚBLICA, pena esta que deberá cumpli.....