SEGUNDO: se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha veintidós (22) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), incoado por el ciudadano abogado JESÚS RAFAEL PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 6.632.290, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 87.589, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: YUSMARI ALTUVE ALTUVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.663.347, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en el Vigía, de fecha veintidós (22) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Y así se decide.