Este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad, con el Artículo 599, Ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA Secuestrado preventivamente un inmueble ubicado en la planta baja, Barrio San Buenaventura, Calle 5 de Julio, esquina Principal Nro. 2-55, Jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida