Por los procedimientos ya expuestos, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, por prescripción de conformidad con el artículo 561 literal "d" 615 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del adolescente mencionado; por el presunto delito de porte ilícito de arma de fuego previstas en el articulo 277 del Código penal. Segundo: De conformidad con los artículos 6 y 3o de la Ley sobre Arma y Explosivos se ordena el decomiso y remisión de: a) un (01) arma de fuego a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada (DARFA) correspondiente a un arma de fuego, tipo pistola, marca RUGER, calibre 45, MODELO p90. b) cinco (05) balas calibre 45 mm marca R.P. Se ordena la destrucción de una (01) concha que originalmente formaba parte del cuerpo de balas calibre 45, marca R.P.;.....