CONDENA al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA)., venezolano, titular de la cédula Nro (RESERVADO), soltero, de 18 años, nacido en Mérida, el 18-09-1992; como autor de los delitos de: VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niñas, Niños y del Adolescentes, en perjuicio de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN MORALES, a cumplir las sanciones establecidas en los artículos 620 literales "b" y "d" en concordancia con lo establecido en los artículos 624 y 626 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, consistente en la consistente en imposición de las siguientes REGLAS DE CONDUCTA, como son: 1.- obligación de realizar una actividad laboral licita, 2.- Prohibición de agredir ni física ni verbal ni psicológicamente, ni por si ni por intermedias personas a la víctima en la presente causa, ciudadana Virginia del.....