Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: acepta la declinatoria de competencia para conocer y decidir el presente juicio, efectuada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en virtud de la decisión dictada por dicho Tribunal en fecha veintiocho (28) de marzo de dos mil veinticinco (2025), cursante a los folios 38 al 40, en consecuencia, se aboca al conocimiento de este proceso. Así se decide.-
Segundo: ofíciese lo conducente al Tribunal declinante. Así se establece.-
Tercero: se advierte a la parte que, en el tercer día de despacho siguiente a aquel en que quede firme esta decisión, la presente causa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Juzgado emitirá pronunciamiento expreso sobre la admisibilidad de dicha causa.
Publíquese y regístrese el presente fallo.