Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Gladys Milagro López de Giacosa y ORDENA a la codemandada Norayma del Valle Ramírez Arellano, firmar el contrato definitivo de venta, a la ciudadana Gladys Milagro López de Giacosa de los derechos y acciones que a ella correspondían en el inmueble.