Por los fundamentos y motivos expuestos de esta decisión , éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley . Declara:
PRIMERO: Se declara el Desistimiento del procedimiento incoado por la ciudadana: LEYDA DEL CARMEN MARQUEZ GUTIERREZ, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-20.395.640; en contra de la ciudadana MARIA ALICIA ROJAS, por COBRO DE DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: Se declara terminado el proceso.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, ARCHIVESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.