Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por la ciudadana NELLY DEL CARMEN CEBALLOS DÁVILA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-15.595.568, teléfono: 0424-7693419, domiciliada en el Sector El Paraíso, Avenida 5, con calle 3 casa N° 4-90, Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la ABG. NURIS DEL CARMEN VILLAFAÑE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.026.487, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.328, con el carácter de Defensora Publica Provisorio Primera con Competencia Civil, Mercantil y de Tránsito de la Unidad de la Defensa Publica del estado Mérida, Sede El Vigía, civilmente hábil.....