TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, intentada por los ciudadanos DILCIA BRICEIDA RANGEL DE LARA y YENNY RAFAEL LARA,titulares de las cédulas de identidad números V-8.031.505 y V-8.492.027, respectivamente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la sentencia número 1070,Expediente 16-0916, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con carácter vinculante, así como la sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, No. RC.000136, de fecha 30 de marzo de 2017.
SEGUNDO:En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS PRENOMBRADOS CIUDADANOS, con arreglo al matrimonio civil, que ambos contrajeron en fecha 09 de agosto del año 2013, .....