En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, niega la admisión del recurso de casación interpuesto por el abogado OSCAR SOSA ROJAS, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano HERNÁN EMILIANO LINARES, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 3.650.951, en su condición de presidente de la empresa AUDIO VIDEO ENTERPRISE C.A, el 20 de junio de 2024 (f. 58), contra la sentencia interlocutoria publicada por este Tribunal en fecha 17 de junio de 2024 (fs. 43 al 58). ASÍ SE DECIDE.