El Tribunal dictó decisión interlocutoria y aceptó la declinatoria de competencia por razón de la materia para conocer y decidir la presente causa, efectuada mediante decisión de fecha 20 de abril de 2004, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y, en consecuencia, se avocó al conocimiento y decisión de este proceso.