Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Bailadores, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ORDENA materializar la presente comisión en lo que refiere al MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN FORZADA, ENTREGA MATERIAL librado por el Tribunal Comitente. SEGUNDO: Se ORDENA dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su oficio identificado con las siglas TPE-01-679, de fecha 04 de julio del año dos mil uno, y recibido por este Tribunal en fecha 30 de julio del mismo año, donde ordenan que todas las decisiones, autos, y demás providencias dictadas por los funcionarios judiciales, así como la documentación que tenga que ser suscrita por los auxiliares de justicia, deberá contener, además de la firma del funci.....