Este TRIBUNAL PENAL DE CONTROL N° 04, ADIMINITRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELLA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Entrega en Guarda y Custodia al solicitante, EUDO ANTONIO FERNANDEZ MOLINA venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 5.509.955, domiciliado Calle 04, casa No. 4-36 Barrio Bolívar, El Vigía Estado Mérida, el vehículo cuyas características son: CLASE: RUSTICO, PLACA: 425UAG; TIPO: CAVA; MODELO: LAND CRUISER, SERIAL MOTOR: 2F333716; MARCA TOYOTA, SERIAL CARROCERIA: FJ45213812; AÑO: 1978, COLOR: MARFIL; USO: CARGA; según consta en Certificado de Registro de Vehículo No. 3642665, emitido por el Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre, con fecha 20-03-02, con la expresa obligación de presentarlo a este Tribunal o a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de este Estado, las veces que le sea requerido, y de no celebrar contrato alguno que verse sobre la propiedad o posesión del mis.....