En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos BRENDA CECILIA URBINA DE PEÑA y HENRY ALBERTO PEÑA MARQUINA, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.479.220 y V- 8.035.879, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos por las abogadas en ejercicio ciudadanas LILIMAR HERMELINDA ZERPA DÁVILA y ARIANNYS DEL JESÚS RODRÍGUEZ ZAMBRANO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V- 18.797.986 y V- 15.034.681, en su orden, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. .....