En consecuencia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, visto lo solicitado acuerda la dación en pago ofrecida y aceptada y le hace entrega de los bienes que a continuación se describen : (1) mesón de acero de 1,90 x 0,90 metros, dos (02) mesones de acero de 2mts por 2 metros, cuatro (04) aguantadores de ciclón para guanábana, un (01) reverbero, una (01) olla de 140 litros, un (01) congelador de 20 pies, marca Tecoven, código C20T/0898-1499, todo lo cual están descritos en facturas anexas en esta comisión en original, las cuales fueron consignadas por la parte demandada, marcadas con las letras A,B,C,D, y E a la parte demandante, arriba suficientemente identificados, no habiendo mas actuaciones que practicar esta juzgado acuerda regresar a su sede natural, se leyó y conformen firman, siendo las 5:30 pm. Otro si, los bienes dados en parte de pago tienen un valor de 6.070.000 bolívares.