PRIMERO: Acuerda hacer entrega, para su guarda y custodia del vehículo a la  ciudadana  ENEYDA RIVAS,  venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° 10.108.358, domiciliada en  la Parroquia Las Piedras del Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, en la cual pide que el Tribunal entregue un vehículo de su propiedad de las siguientes características: PLACA: EAN934, serial de carrocería  1W69AEV304897, SERIAL  DEL MOTOR: AEV304897, MARCA CHEVROLET, MODELO MALIBU, AÑO 1984, COLOR AZUL, CLASE:  AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, para lo cual deberá comparecer por ante este Tribunal a firmar acta compromiso, el mencionado ciudadano o su apoderado judicial,  donde se  apercibe al prenombrado ciudadano ENEYDA RIVAS,  a que dicho vehículo no podrá ser enajenado, arrendado o impuesto de gravamen alguno, ni sacado de la jurisdicción del estado Mérida, sin autorización de este Tribunal hasta tanto se agote la investigación, y  que debe presentarlo a este Tribunal o a la Fiscalía Qui.....