Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: De conformidad con el artículo 330 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 376 eiusdem, dicta sentencia conforme al procedimiento especial por Admisión de los Hechos, y CONDENA AL ACUSADO, JULIO CESAR ÁVILA MAESTRE, ya identificado, a cumplir la pena de Diez (10) AÑOS DE PRISIÓN MÁS LA PENA ACCESORIA CONSISTENTE EN LA INHABILITACIÓN POLÍTICA DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR.-