PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos HOMERO ALONSO HERNÁNDEZ PRIETO y MARIA JOSÉ PEÑA PÉREZ, debidamente asistido por la abogada LOURDES JOSEFINA CARRASQUERO, con fundamento con a la sentencia de fecha 02 de junio de 2015. SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, con arreglo al matrimonio civil, que ambos contrajeran en fecha 06 de agosto del año 2005, por ante el Registro Civil de la parroquia Montalbán del municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, tal como se evidencia del acta de Matrimonio Nro. 66. TERCERO: EJECUTORIADA LA PRESENTE SENTENCIA, el vínculo conyugal quedará disuelto y por ende CESARÁ LA COMUNIDAD ENTRE LOS CÓNYUGES, y se procederá a liquidarla, por vía autónoma, en caso de haber adquirido bienes durante el matrimonio. CUARTO: Homologa las Instituciones Familiares, en beneficio de los adolescentes (Identidad protegid.....