El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana MARGARITA ZAMBRANO ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.394.170, con domicilio en el sector INAVI calle 5 casa N°12, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistido por la abogada LUISANA ANDRELLA NEGRIN ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.141.751, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°257.037, domiciliado en la sector La Playa, calle principal casa N° 2-85, Parroquia Rómulo Betancourt, El Vigía estado Bolivariano de Mérida, sobre un área de DIEZ HECTAREAS CON OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (10 Ha con 8.374 m2), según Titulo de Adjudicación Socialista de Tierras y carta de registro Agrario, otorgado al Fundo "MI ESPERANZA", ubicado sector Palma S.....