El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: ORDENA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD del ciudadano RICHARD JOSE QUINTERO, quien es venezolano, mayor de edad, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15. 622.483, de oficio albañil, con domicilio en calle principal Zumba La Florida, al pie de la Loma, como a 100 metros del Mercal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDO INTENCIONAL AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en conexión con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; medida que será cumplida en el Internado judicial Los Andes. SEGUNDO: ORDENA TRAMITAR LA CAUSA POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, debiendo remitir las actuaciones al despacho fiscal de procedencia. Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación. El fundamento legal de l.....