DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, numeral 2, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 97 y 88 del Código Penal, ACUMULA las causas y las penas dictadas en contra del penado de autos, ciudadano: BRICEÑO CAPRILES ROMULO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, nacido el 19- 10-82, de 24 años, natural de la Victoria, Estado Aragua, hijo de Jesús Rafael Briceño y Ana de Briceño, titular de la cédula de identidad N° V-17.715.939, soltero, de profesión obrero, domiciliado en la Pedregosa Alta, Calle La Cima, Casa Nº 14, Mérida, Estado Mérida, y además, actualiza el cómputo de pena correspondiente.
Notifíquese a las partes y al penado. Remítase mediante oficio copias certificadas de la presente a la Dire.....