DISPOSITIVA: Este Tribunal dando cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo decretado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, declaró formal, solemne y ejecutivamente embargado el terreno y la bienhechurias en él construidas señalado por el apoderado judicial de la parte actora, hasta por la cantidad de Quinientos Mil Bolívares (Bs. 500.000,00), propiedad de la empresa demandada, quedando bajo la responsabilidad de la Depositaria Judicial Los Andes CA. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta cumplida al Juzgado de la Causa.