Se declaró INADMISIBLE la presente acción autónoma de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MOISÉS RAFAEL MAGDALENO ROMERO y RODE YANETH QUINTERO REY, actuando en este acto en su propio nombre y representación, interpusieron acción "DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA EL AUTO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE FECHA CATORCE (14) DE AGOSTO DEL [sic] DEL 2.015 [sic]" (sic), a cargo del Juez Juan Carlos Guevara Liscano, en el juicio seguido por SILVIA TRINIDAD VILLAMIZAR ESLAVA contra los accionantes en amparo, por cumplimiento de contrato de opción de compra, mediante la cual, en el auto de fecha 14 de agosto de 2015 "declaró firme la Sentencia [sic] de Mérito mencionada del día 05 de Agosto [sic] del mismo año 2.015 [sic]; suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar que había sido decretada el 18 de Octubre del [sic] 2.013 [sic] y declaró vencido el lapso de Apelación [sic] formulada el día 14 de A.....