PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la demanda formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos CARLOS DANIEL HERNÁNDEZ MONROY y MARÍA NICOLAZA ARAQUE AVILA, venezolanos, mayores de edad, casados comerciante y estudiante, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.315.662 y V-10.105.116, en su orden, domiciliados en Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Mérida y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña del Municipio Campo Elías del estado Mérida hoy Registro Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña del Municipio Campo Elías del estado Mérida, según acta de Matri.....