DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos GLORIA DEL CARMEN PLAZA QUINTERO y RAFAEL DOMINGO MORA DIAZ, identificados en autos, en fecha diecisiete (17) de noviembre del año (1993), por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 82.