Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de ENEYDA YILITZA RAMIREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14.249.255, comerciante, residenciada en Sector Las Lomas casa 011, detrás de la Urbanización Vista Hermosa, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para el momento de la presunta comisión del ilícito, en perjuicio de la ciudadana RUTH CARDENAS, antes identificada. Notifíquese a las partes. Una vez quede Firme la presente decisión, se ordena su remisión al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal a los fines d.....