Este Tribunal homologa el Convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Mérida, por los ciudadanos JESUS FELIPE PARRA RAMIREZ Y LUCYBETH NAYIBE SILVA JIMENES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-18.096.324 y 21.053.039, domiciliados él, en el Sector EL Cerro, Cruz Chiquita, Parroquia la Venta, Municipio Miranda del Estado Mérida, y ella en el Sector el Rincón, Casa s/n. Parroquia la Venta, Municipio Miranda del Estado Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Obligación de Manutención a favor de su hijo (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de cuatro (04) años de edad.