DISPOSITIVA.
En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el Artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 105 del Código Penal, declara: Totalmente Extinguida la Responsabilidad Criminal del penado de autos, ciudadano: CARLOS ALFREDO MONTILLA VALERO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 22-06-1976, de 32 años, natural de la ciudad de Mérida, hijo de Hernando Montilla y Ofir Valero, soltero, de profesión obrero, titular de la cédula de identidad No. V-8.734.024, residenciado en el Valle, Sector Alto Viento, Casa Sin Numero, más debajo de la finca de los cisneros, Mérida, Estado Mérida.
Notifíquese y Cúmplase. Ofíciese a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, Estado Mérida.
ABG. VICTOR HUGO AYALA.
JUEZ DE EJECUCIÓN .....