DISPOSITIVO: Visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes Ciudadanos: ERGINO ANTONIO VIELMA VIELMA, titular de la cédula de identidad Nº. V- 3.767.607, debidamente asistido por el profesional del derecho abogado ERASTO VIELMA VIELMA, titular de la cédula de identidad Nº. V- 3.767.967, inpreabogado Nº 56.418, parte demandante; y TYRONE RAMON CREMONA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.592.913, en representación de su progenitora INGRID MARINA MEDINA BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.344.358, según consta en poder debidamente autenticado, por ante la Oficina de la Notaría Pública Segunda de Mérida Estado Mèrida, bajo el Nº 43, Tomo 86 y Folios 141 hasta 143 de fecha 13-12-2016, debidamente asistido por la Defensora Pública del Despacho Defensorial N° 1, en materia Civil y Administrativa Especial, Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda del Estado Bolivariano de Mérida; abogada ANDREINA PUENTES ANGULO, vene.....