ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO el acuerdo SUSCRITO POR VÍA PRIVADA entre los ciudadanos NEIRA MARGARITA CONTRERAS DE RAMIREZ y JOSE ALBERTO CONTRERAS CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Números V.- 8.080.122 y V.- 9.047.248, respectivamente, domiciliados en el sector El Naranjal, Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Bolivariano de Mérida, hábiles, asistidos en este acto por la Abogado en ejercicio ciudadana: ALEJANDRA CAROLINA MOLINA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.395.400, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 272.329, domiciliada en Guaraque sector El Centro, Calle Principal Bolívar, casa N° 1-16, Municipio.....