Se dio por consumado el desistimiento de la apelación interpuesta el 10 de febrero de 2004, por la parte actora, contra desición interlocutoria dictada en fecha 02 de ese mismo mes y año, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.