Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la coapoderada judicial de la parte demandada, abogada GLADYS CÁRDENAS DE ÁVILA, contra la sentencia pronunciada en fecha 2 de julio de 2014, dictada por el Tribunal de la causa. Se declaró por orden público INADMISIBLE la demanda interpuesta, por el ciudadano GIUSEPPE DI GIORDI TORTOMASI, por desalojo.