este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad la ley, ACEPTA COMO FIADORES del imputado ANGEL JAVIER DIAZ PORTILLO a los ciudadanos JHON LEWIS CONTRERAS PULGAR, titular de la cedula de identidad N° 13.281.518 y HENRY GERARDO CORREDOR RIVAS, titular de la cedula de identidad N° 13.022.619.
En consecuencia, se ordena la citación de las prenombradas ciudadanas para el día martes 05/09/2007, a las 09:00 de la mañana, a los fines de constituir el acta de fianza respectiva, donde se comprometerán a cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales se refieren a:
1. Que el imputado no se ausentará de la jurisdicción del Tribunal.
2. A presentarlo a la autoridad que designe este Tribunal, cada vez que así lo ordene.
3. A satisfacer los gastos de captura y las costas procesales causadas hasta.....