En este caso esta juzgadora considera procedente y ajustado a derecho la aplicación del PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS, establecida en el artículo 583 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, a tal efecto impuso al sentenciado la condena de A.- Imposición de reglas de conducta de conformidad con el artículo 624 de la L.O.P.N.A: en cuanto a la medida de imposición de reglas de conducta expone dicho artículo" consiste en la determinación de obligaciones o prohibiciones impuestas por el juez para regular el modo de vida del adolescente, así como para promover y asegurar su formación. Las órdenes o prohibiciones tendrán una duración máxima de dos años y el cumplimiento deberá iniciarse a más tardar, un mes después de impuestas."
a tal efecto impuso al sentenciado la condena de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, el cual tendrá una duración de ocho (8) meses consistente en realizar labores de agricultura, para los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS.....